Polideportivo municipal de Barres

Artículo 1º.- Objeto

Constituye el objeto del presente reglamento la regulación del uso y funcionamiento del polideportivo municipal de Barres, bien sea gestionado por el propio Ayuntamiento o por entidad autorizada en virtud de acuerdo adoptado por sus órganos competentes.

Artículo 2º.- Finalidad

El Ayuntamiento de Castropol persigue con la gestión del polideportivo los siguientes objetivos:

  • Promover el acceso de los ciudadanos a la práctica deportiva , sin ningún tipo de discriminación ni límite de edad , consciente de que dicha actividad conlleva beneficiosos efectos para la salud y la ocupación del tiempo libre.
  • Acercar la actividad deportiva a los escolares del municipio a través de diferentes programas deportivos

Artículo 3º.- Modos de utilización de las instalaciones

El polideportivo municipal se encuentra a disposición de todos los ciudadanos que pretendan realizar actividades deportivas.

La utilización de las instalaciones puede realizarse mediante las siguientes opciones:

  • Alquiler de la pista
  • Alquiler del gimnasio

Artículo 4º.- Horario

El horario, cuya fijación tiene en cuenta en todo momento la utilización de las instalaciones por el mayor número posible de usuarios , y sin perjuicio de su modificación en aras del interés general , será en principio el que sigue :

  • De lunes a viernes , desde las 16,30 hasta las 22,30 horas
  • Sábados , desde las 10,00 hasta las 14,00 horas , y desde las 16,30 hasta las 22,30 horas
  • Domingos , desde las 10,00 hasta las 14,00 horas

Artículo 5º.- Utilización de los vestuarios

Las normas para la correcta utilización de los vestuarios serán determinadas por la dirección del polideportivo, dictándose al efecto órdenes al personal encargado de las instalaciones al objeto de que cada colectivo ocupe el espacio que tenga reservado.

No se permitirá el acceso a los vestuarios a las personas que no vayan a hacer uso de las instalaciones, a excepción de los acompañantes de los usuarios que , por su edad o condiciones , no sean capaces de valerse por sí mismos.

Artículo 6º.- Usos de carácter deportivo

La determinación de los usos corresponderá en cada caso a la dirección de la instalación.

Gimnasio deportivo:

  • Tendrán acceso al gimnasio todos los socios/as.
  • El uso libre de los aparatos estará supervisado por el monitor ; para las actividades dirigidas será éste quien asigne los aparatos.

Pista polideportiva:

  • Tendrán acceso a la pista todos los usuarios en posesión del carné de socio
  • La reserva de pista , completa o por módulos , se realizará con tres días de antelación ; podrán asimismo hacerse reservas con menor antelación siempre que la pista esté libre
  • No se podrá hacer una reserva diaria de más de dos horas continuas por pista y persona o grupo
  • Antes de autorizarse la reserva el solicitante deberá abonar el importe del precio correspondiente
  • El solicitante que tenga una reserva efectuada podrá anularla comunicándolo con una antelación mínima de seis horas ; en caso de no anularse la reserva o no hacer uso de la misma , se abonarán las tarifas correspondientes
  • La pista central es apta para la práctica de diferentes deportes
  • Está prohibido verter agua o cualquier otro líquido sobre el pavimento
  • Es obligatorio el uso de ropa y calzado deportivo adecuado

Artículo 7º.- Usos no estrictamente deportivos

Excepcionalmente, podrá autorizarse el uso del pabellón para la celebración de actos puntuales de naturaleza no estrictamente deportiva, respetándose en todo caso las programaciones de actividades de este carácter, a las que en todo momento se les dará prioridad.

Los usos a que se refiere este artículo solo serán autorizables previa garantía por el solicitante de conservación de las instalaciones en el estado en que se encuentran, para lo cual la entidad o persona organizadora del evento de que se trate presentará el correspondiente seguro de responsabilidad civil y depositar la fianza que, en función del riesgo, se establezca por el Ayuntamiento en la correspondiente ordenanza.

Artículo 8º.- Normas específicas para los clubes de competición

Los clubes federados o asociaciones deportivas que participen en competiciones oficiales tendrán que presentar por escrito la propuesta de utilización del polideportivo. Se procederá por el Ayuntamiento a la elaboración de un plan de usos que intente recoger todas las demandas , teniéndose en cuenta para su elaboración criterios como el número de componentes , actividades deportivas programadas , grado de colaboración con el Ayuntamiento , categoría en la que se participa etc. Asimismo, las entidades interesadas en la utilización de las instalaciones deportivas deberán poner en conocimiento del Ayuntamiento, con suficiente antelación , los calendarios de las competiciones en que participen.

Artículo 9º.- Normas generales de uso y mantenimiento de las instalaciones, hábitos higiénicos y prevención de riesgos

Normas generales:

  • Se respetarán los espacios reservados a los diferentes usos de las instalaciones deportivas
  • Se prohíbe comer y fumar en todo el recinto , así como la utilización de envases de vidrio
  • Todo usuario está obligado a velar por el buen estado de conservación de las instalaciones y servicios, impidiendo o denunciando todo acto que vaya en deterioro de las mismas y advirtiendo a los empleados cuando observen anomalías en las instalaciones o en el material de las mismas.
  • El tiempo de utilización de las duchas será el estrictamente necesario.
  • Se utilizarán las papeleras y contenedores para el depósito de basura
  • Se prohíbe el acceso a las instalaciones con animales de compañía, excepto los que sirvan de ayuda para personas discapacitadas.
  • Se recomienda a todos los usuarios que se sometan a un reconocimiento médico previo a la práctica deportiva, sobre todo a aquellos que hayan permanecido inactivos durante un período de tiempo prolongado o padezcan alguna enfermedad.

Normas de uso del gimnasio:

  • Es obligatorio el uso de ropa y calzado deportivo
  • Debe hacerse un uso correcto de las máquinas y pesas , consultándose al monitor o encargado
  • No se permite realizar ejercicios con el torso desnudo

Artículo 10º.- Inscripción en cursos u otras actividades

Todas las personas que deseen inscribirse en un curso o actividad sujeta a este reglamento deberán presentar el impreso de inscripción correctamente cumplimentado en el plazo establecido.

En el caso de menores de edad, la inscripción habrá de ser cumplimentada y firmada por el padre , madre o tutor.

La inscripción quedará formalizada tras satisfacer el usuario las cuotas correspondientes al curso o actividad de que se trate.

Artículo 11º.- Responsabilidad civil

A excepción de los riesgos cubiertos por el seguro de responsabilidad civil suscrito por el Ayuntamiento , o por el que , si así procediera , habría de concertarse como complemento de aquél , y salvo convenio específico , ni el personal encargado del polideportivo ni el Ayuntamiento como entidad serán responsables de los posibles accidentes y lesiones que se produzcan con el uso de las instalaciones ni de sus consecuencias económicas , tanto respecto a participantes como asistentes a cualquier actividad que se desarrolle en dichas instalaciones.

Disposición final: el presente reglamento entrará en vigor una vez publicado íntegramente en el BOPA, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresas.

Diligencia: aprobado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 7 de septiembre de 2.006

Bopa nº 279 de 2 de diciembre de 2006

El Secretario